ARL Intermediación

Te apoyamos y acompañamos toda tu gestión frente a la ARL

Su principal función es velar por que las ARL cumplan la oferta de servicio desde lo que la norma les exige y los valores agregados que se pactaron al momento de la afiliación, además de conocer en detalle la actividad, el funcionamiento y necesidades de las empresas con el fin de identificar cual es la ARL que mejor se adapta a sus necesidades y cómo desde su rol de intermediario pueden complementarlo.

Esta labor de intermediación de seguros en el ramo de ARL, debe ser desarrollada por agentes, agencias y corredores, los cuales deben contar con la idoneidad correspondiente y estar registrados ante el ministerio de trabajo bajo un registro único de intermediarios.

FUNDAMENTO LEGAL

“Ley 1562 del 2012 articulo 11  Parágrafo 5°.

La labor de intermediación de seguros será voluntaria en el ramo de riesgos laborales, y estará reservada legalmente a los corredores de seguros, a las agencias y agentes de seguros, Que acrediten su idoneidad profesional y la infraestructura humana y operativa requerida en cada categoría para el efecto, quienes se inscribirán ante el Ministerio del Trabajo. Quien actué en el rol de intermediación, ante el mismo empleador no podrá recibir remuneración adicional de la administradora de riesgos laborales, por la prestación de servicios asistenciales o preventivos de salud ocupacional. En caso que se utilice algún intermediario, se deberá sufragar su remuneración con cargo a los recursos propios de la Administradora de Riesgos Laborales.”

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